Costa Rica, 02 de agosto de 2009
La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo en el que, aparte de ordenar a un banco el reintegro de $4.000 saqueados de la cuenta de una sociedad anónima, advirtió a las entidades que deben asumir el riesgo de servicios mediante Internet.
“La actividad bancaria genera por sí misma un elevado nivel de riesgo el cual se acentúa en el servicio que se brinda por Internet.
“Existe un riesgo dentro del funcionamiento propio del servicio que las entidades financieras ofrecen en Internet, donde su función esencial de intermediación financiera incluye la captación de fondos provenientes del ahorro del público y lleva implícita su custodia tanto desde el punto de vista físico como del registro electrónico”, determinaron los magistrados.
La condena se une a una serie de sentencias que dieron la razón a las víctimas en procesos contenciosos administrativos.
Otros fallos. El 24 de enero del 2008, desconocidos saquearon $4.000 de una cuenta del Banco de Costa Rica perteneciente a la sociedad Inversiones KMK.
El bando adujo esa vez que para la transacción se utilizó la clave de seguridad.
“No es admisible el argumento, para eximirse de responsabilidad, de que Internet no es del banco cuando bien sabe el demandado que ofrece un servicio altamente riesgoso”, concluyó esa vez la Sala Primera.
Carlos Manuel Jiménez Mora también ganó la batalla legal entablada en contra del Banco Nacional. Entre setiembre y octubre del 2007, unos estafadores sacaron ¢4 millones de sus cuentas.
“Así las cosas, la responsabilidad del banco surge no por el acto específico de la sustracción del dinero por un tercero, sino como consecuencia del funcionamiento específico del servicio que se ofrece al público. No cabe duda que se encuentra sometida a la ineludible obligación de garantizar la seguridad de las transacciones realizadas, ya sea en ventanilla o mediante cualquier otro medio a disposición de los clientes”, dijo la Sala.
A Laura París Pagés le saquearon de una cuenta del Banco Nacional, en octubre del 2007, $21.700. “El tribunal consideró que el funcionamiento del sistema de banca electrónica presenta una peligrosidad que permite imputar los daños al banco”, consideró la Sala.
http://www.nacion.com/ln_ee/2009/agosto/02/pais2044952.html